Convocatorias de investigación del Observatorio
I. Título de la Investigación: “Diez años de las Directrices Voluntarias de FAO en Apoyo de la Realización Progresiva del Derecho a una Alimentación Adecuada en el contexto de la Seguridad Alimentaria Nutricional. Una Mirada acerca de su Implementación en Argentina y las Oportunidades que Presentan los Indicadores de Progreso”
Presentación en Power Point: http://www.slideshare.net/FAONoticias/uba-argentina-2014
II Institución académica: Grupo de Trabajo Interdisciplinario “Derechos Sociales y Políticas Públicas”, Facultad de Derecho – Universidad de Buenos Aires (UBA), Argentina.
III. Equipo Investigador: Laura Pautassi (Directora), Maximiliano Carrasco (Co-director), Pilar Arcidiácono, Florencia Antoniou, Javier Aragón, Ana María Bestard, Lorena Balardini, Ángeles Bermudez, Verónica Carmona Barrenechea, Gustavo Gamallo, Natalia Marcone, Federico Marturano, Giuseppe Manuel Messina, Gonzalo Piasek, Laura Royo, Mora Straschnoy.
IV. Palabras Claves: Directrices Voluntarias, Derecho a la Alimentación Adecuada, Protocolo San Salvador, Indicadores, Acceso a la información pública, Frente Parlamentario, Defensor del Pueblo.
V. Síntesis: Mirada crítica sobre la implementación en Argentina de algunas Directrices Voluntarias de FAO en apoyo a la realización progresiva del derecho a una alimentación adecuada en el contexto de seguridad alimentaria nacional. Se abordan los “Indicadores de progreso para medición de derechos contemplados en el Protocolo de San Salvador”, los cuales buscan generar mediciones del cumplimiento de obligaciones positivas y negativas en lo relativo al derecho a la alimentación y a las Directrices Voluntarias FAO.
VI Objetivos de la Investigación: Realizar un análisis crítico de la implementación de las directrices voluntarias para la realización progresiva del derecho a la alimentación adecuada en Argentina. Evaluar el estado de avance de la implementación del siguiente grupo de directrices voluntarias: 1 (Democracia, buena gestión pública derechos humano y el estado de derecho), 3 (Estrategias), 5 (Instituciones), 7 (Marco jurídico), 17 (Vigilancia, indicadores y puntos de referencia), 18 (Instituciones nacionales de derechos humanos) y 19 (dimensión internacional). Identificar las lecciones aprendidas y desafíos derivados de los procesos político-institucionales realizados en Argentina para la implementación del grupo de directrices seleccionadas para el estudio. Identificar para el caso argentino, en base al modelo de indicadores propuesto por el Grupo de Trabajo del Protocolo de San Salvador, información disponible y sus fuentes, y sugerir bases de datos u otros mecanismos de recolección de información.
VII Metodología Vinculado con las directrices 1, 3 y 5, se realiza un repaso de las principales características del Plan Nacional de Seguridad Alimentaria (PNSA) y de programas alimentarios de la Ciudad de Buenos Aires, efectuándose consideraciones de los mismos a la luz del enfoque de derechos. En relación a la directriz 7, se da cuenta de la actividad del Frente Parlamentario contra el Hambre de Argentina y del Proyecto de Ley marco de Derecho a la Alimentación Adecuada con Seguridad y Soberanía Alimentaria presentado en la Cámara de Diputados de la Nación en noviembre de 2013. Relacionado con la directriz 17, el trabajo sintetiza las principales dificultades en Argentina en materia de producción de información sobre situación socioeconómica de la población y sobre desempeño de políticas y programas sociales nacionales, y también se aborda el tema de acceso a la información pública. Vinculado con la directriz 18, se hace una mención a la figura del Defensor del Pueblo en Argentina y su accionar en relación al Derecho a la Alimentación. Y, por último, en relación a la directriz 19, se hace foco en el Sistema Interamericano de Protección de Derechos Humanos en donde se encuentra operativo el sistema de informes nacionales previsto en el art. 19 del Protocolo de San Salvador (PSS), y se han confeccionado indicadores de progreso para la medición del cumplimiento de diferentes derechos sociales, entre ellos el derecho a la alimentación. En relación a los indicadores, se relevan las fuentes de información disponibles, particularmente: a) Bases de datos oficiales de Argentina con información vinculada con los ítems que estipulan los indicadores, y b) Estudios empíricos vinculados con los ítems que estipulan los indicadores, conteniendo información estadística sobre datos sociodemográficos y económicos. El relevamiento se completa con el análisis de fuentes documentales, utilizando los indicadores de progreso y señales de progreso cualitativas.
VIII Principales Conclusiones En Argentina el derecho a la alimentación se encuentra consagrado en diferentes instrumentos internacionales de derechos humanos con jerarquía constitucional (cfr. Art. 75 inc. 22 de la Constitución Nacional), y asimismo el Estado ha ratificado el Protocolo de San Salvador y el Protocolo Facultativo del PIDESC. Pese a tales progresos en materia de reconocimiento del derecho a la alimentación, no se ha podido avanzar aún a nivel local en la sanción de una ley nacional marco de derecho a la alimentación, tal como la que ha propuesto el Frente Parlamentario contra el Hambre de Argentina mediante el proyecto presentado en el Congreso Nacional en noviembre de 2013, que se encuentra sin tratamiento. Sin embargo, efectivamente se ha instrumentado por ley en el país el Plan Nacional de Seguridad Alimentaria (PNSA) -Ley 25.724-, surgido en el contexto post crisis de 2001/2, aunque generando una política pública con diferentes aspectos críticos desde un enfoque de derechos humanos[1]. Las respuestas estatales para garantizar el derecho a la alimentación adecuada también han sido deficitarias en jurisdicciones locales[2].
Vinculado con cuestiones institucionales referidas a la producción y acceso a información pública (aspectos esenciales para el diseño y gestión de políticas), se han identificado diferentes puntos críticos como ser la falta de publicación actualizada de determinadas estadísticas del Instituto Nacional de Estadísticas y Censos –INDEC-, la desactivación de información del Sistema de Información, Monitoreo y Evaluación de Programas Sociales -SIEMPRO-, la falta de ley integral que reglamente el derecho de acceso a la información para los tres poderes del Estado, y la interrupción de la publicación de los informes la Sindicatura General de la Nación (SIGEN).
En cuanto a la figura del Defensor del Pueblo (institución que impulsó en 2007 un caso jurisprudencial resonante vinculado con el derecho a la alimentación adecuada), la misma no presenta un plan específico orientado a la realización progresiva del DaAA y, por otra parte, el organismo se encuentra acéfalo desde el año 2009, despertando la preocupación de la sociedad civil, en tanto las limitaciones institucionales que ello trae aparejado.
En relación a los indicadores de progreso del Protocolo de San Salvador, en virtud del déficit de información pública y/o de acceso a la misma señalado anteriormente, no se han podido calcular diferentes indicadores de los solicitados. Sin embargo, la utilidad del ejercicio realizado, es precisamente alertar sobre la necesidad de producir y recolectar la información faltante, tarea que deberá realizar el Estado para presentar su informe nacional. Los indicadores requerirán la creación y adopción de nuevas capacidades estatales, reformas o ajustes en el organigrama estatal que permitan producir y difundir los datos necesarios para dar cuenta de la información que los indicadores requieran, la capacitación de funcionarios para el relevamiento y desagregación de la información necesaria y la sanción de leyes de acceso a la información, entre otros mecanismos estatales que habiliten el funcionamiento de esta forma de monitoreo.
IX Principales Referencias Bibliográficas:
– ABRAMOVICH, V. (2006). Una aproximación al enfoque de derechos en las estrategias y políticas de desarrollo. Revista de la CEPAL Nº 88, Abril de 2006.
– ABRAMOVICH, V. y PAUTASSI, L (2009) “El enfoque de derechos y la institucionalidad de las políticas sociales” en Abramovich, V. y Pautassi, L. (comp.) “La revisión judicial de las políticas sociales. Estudio de casos” Buenos Aires, Editores del Puerto.
– ABRAMOVICH; V. y PAUTASSI, L. (2010) La medición de derechos en políticas sociales. Buenos Aires, Del Puerto Editores.
– ARCIDIÁCONO, P. (2012) La política del “mientras tanto”. Programas sociales después de la crisis de 2001-2002, Buenos Aires, Editorial Biblos.
– ARCIDIÁCONO, P. y CARRASCO, M. (2012) “Derechos, participación social y actividad parlamentaria en el Plan Nacional de Seguridad Alimentaria” en Pautassi, L. y Zibecchi, C. (comp.) Respuestas estatales en torno a la alimentación y al cuidado, Buenos Aires.
– ASESORÍA GENERAL TUTELAR (2011). Programa Ciudadanía Porteña ¿con todo derecho? Fortalezas y debilidades de las transferencias monetarias condicionadas focalizadas en niños, niñas y adolescentes. Buenos Aires, Eudeba.
– ASOCIACIÓN POR LOS DERECHOS CIVILES –ADC- (2013) “Un derecho débil Investigación sobre el derecho de acceso a la información pública en la Argentina”, disponible en: http://www.adc.org.ar/2013/wp-content/uploads/2014/02/Un-Derecho-Debil-INV-ADC-2013-05.pdf
– AUDITORÍA GENERAL DE LA NACIÓN (años varios). Detalle de informes sobre Plan Nacional de Seguridad Alimentaria, disponibles online en www.agn.gov.ar
– BALARDINI, L. y ROYO, L. (2012): “Indicadores para medir la satisfacción del derecho a la alimentación. Una mirada desde las potencialidades de esta herramienta metodológica” en L. Pautassi y C. Zibecchi (comp.) Respuestas estatales en torno a la alimentación y al cuidado, Buenos Aires.
– CARRASCO, M. (2011) Políticas sociales en el Congreso argentino: 2002-2009, tesis de Maestría en Políticas Sociales (FLACSO), mimeo.
– DE SCHUTTER, O. (2012) Una revolución de derechos: la aplicación del derecho a la alimentación a nivel nacional en América Latina y el Caribe. Nota Informativa 06 del Relator Especial de las Naciones Unidas para el Derecho a la alimentación: http://www.srfood.org/images/stories/pdf/otherdocuments/note06-septembre2012-en-v2.pdf
– CEDEM (Centro de Estudios para el Desarrollo Económico Metropolitano), (2012), Condiciones de vida en la Ciudad de Buenos Aires. Un análisis a partir del Sistema de Canastas de Consumo, 2005-2010, Ministerio de Hacienda, Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.
– CELS (2008). Informe Anual Derechos Humanos en Argentina año 2008, Siglo XXI, Buenos Aires, disponible en http://www.cels.org.ar/common/documentos/ia_2008.pdf
– FAO (2005): Directrices voluntarias en apoyo de la realización progresiva del derecho a una alimentación adecuada en el contexto de la seguridad alimentaria nacional. Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y La Alimentación, Roma, 2005.
– FAO (2008a): Methods To Monitor the Human Right to Adequate Food ,Volume I, Making the case of Rights-Focused and Rights-Based Monitoring, Rome
– FAO (2008b): Methods to monitor the human right to adequate food. Volume 2, An Overview of Approaches and Tools, Rome.
– FAO (2011) El estado de la inseguridad alimentaria en el mundo. Roma, Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura, disponible en http://www.fao.org/docrep/014/i2330s/i2381s00.pdf
– FAO-ALCSH (2011) “Antecedentes para el análisis de los Programas de Transferencias Condicionadas de América Latina desde un enfoque de Derechos: El Principio de Igualdad y No Discriminación”. Documento de trabajo n°2:, Taller de Expertos: “Los Programas de Transferencias Condicionadas desde un Enfoque de Derechos” , FAO-ALSCH, Santiago de Chile, 17 y 18 Marzo del 2011., disponible en: http://www.rlc.fao.org/iniciativa/expertos/documentos/trabajo/dt2.pdf
– FIAN (2007) Vigilando la acción estatal contra el hambre. Cómo usar las directrices voluntarias sobre el derecho a la alimentación para monitorear las políticas públicas. Heidelberg, FIAN Internacional.
– GAMALLO, G. (2004) “La información como problema de las Ciencias Sociales y problema de gestión de la política social: la experiencia del SIEMPRO”, en BERTRANOU, J; PALACIO, J. y SERRANO, G (compiladores), En el país del no me acuerdo. Buenos Aires, Prometeo.
– LINDENBOIM, J. (2011). “Las estadísticas oficiales en Argentina ¿Herramientas u obstáculos para las ciencias sociales ?”, Trabajo y Sociedad, vol. XV, No. 16, pp. 19-38.
– MINISTERIO DE ECONOMÍA DE LA NACIÓN (años varios) Detalles de la cuenta de inversión años 2003-2012, disponibles online en http://www.mecon.gov.ar/hacienda/cgn/cuenta/
– MDS -MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL DE LA NACIÓN- (2006) “Lineamientos de Políticas Sociales. Documento Institucional”, en Cuaderno N° 1, Secretaría de Políticas Sociales y Desarrollo Humano, Ministerio de Desarrollo Social, Buenos Aires.
– MDS -MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL DE LA NACIÓN- (2012): El Plan Nacional de Seguridad Alimentaria: de la emergencia a la seguridad alimentaria, documento elaborado por la Subsecretaría de Políticas Alimentarias, presentado ante FAO (disponible en http://www.rlc.fao.org/es/prioridades/seguridad/ingreso5/pdf/argentina.pdf).
– OACNUDH-FAO (2010) El derecho a la alimentación, Oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos. Folleto Informativo Nª 34, Ginebra, Suiza, Naciones Unidas.
– OEA (2011), Indicadores de progreso para medición de derechos contemplados en el Protocolo de San Salvador, Grupo de Trabajo para el análisis de los informes nacionales previstos en el Protocolo de san Salvador. Washington, OEA. Ref. OEA/Ser. L/XXV.2.1.GT/PSSI/doc.2/11 disponible en http://www.sedi.oas.org/ddse/espanol/index-7_GT.asp
– OEA (2013), Indicadores de progreso para medición de derechos contemplados en el Protocolo de San Salvador, Segundo agrupamiento de derechos. Washington, OEA. Documento OEA/Ser.L/XXV.2.1, GT/PSS/doc.9/13
– OHCHR – Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos de Naciones Unidas (2006) Preguntas frecuentes sobre el enfoque de derechos humanos en la cooperación para el desarrollo, disponible en: www.ohchr.org/Documents/Publications/FAQsp.pdf
– ONU (2008): Informe sobre los indicadores para promover y vigilar el ejercicio de los derechos humanos. Ref. HRI/MC/2008/3. Organización de las Naciones Unidas.
– ONU (2012), Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, Indicadores de Derechos Humanos. Guía para la medición y aplicación. Ginebra y Nueva York, HR/PUB/12/5.
– PAUTASSI, L. (2010 a), “Indicadores en materia de derechos económicos, sociales y culturales. Más allá de la medición”, en Abramovich, V. y Pautassi, L. (comps) La Medición de Derechos en las Políticas Sociales, Buenos Aires, Editores del Puerto.
– PAUTASSI, L. (2010b) (Organizadora) Perspectiva de Derechos, políticas públicas e inclusión social. Debates actuales en la Argentina. Buenos Aires, Editorial Biblos, Buenos Aires.
– PAUTASSI, L. (2012) “La alimentación desde un enfoque de derechos. Problemas persistentes, oportunidades emergentes”, en Pautassi y Zibecchi Respuestas Estatales en torno a la alimentación y al Cuidado, Observatorio del Derecho a la alimentación en América Latina y el Caribe.
– PAUTASSI, L. y ZIBECCHI, C. (2012) Respuestas Estatales en torno a la alimentación y al Cuidado, Grupo Interdiscplinario Derechos Sociales y Políticas Públicas, Instituto de Investigaciones Jurídicas y Sociales Ambrosio L. Gioja, Facultad de Derecho Universidad de Buenos Aires.
– PAUTASSI, L. et al. (2013). “Asignación Universal por Hijo para la Protección Social de la Argentina: entre la satisfacción de necesidades y el reconocimiento de derechos”. Serie Políticas Sociales 184. Santiago de Chile, CEPAL.
– PAUTASSI, L. y CARRASCO, M. (2014) Políticas sociales y legislación para la garantía y protección del Derecho a la Alimentación Adecuada en Argentina, Instituto Gioja, Facultad de Derecho, Universidad de Buenos Aires.
– PNUD Argentina (2009), Guía para contribuir al logro de los Objetivos de Desarrollo del Milenio a Nivel Local, disponible en: http://www.undp.org.ar/docs/Guia_final_en_Imprenta.pdf
– RODRÍGUEZ ENRÍQUEZ, C. (2011) Programas de transferencias condicionadas de ingreso e igualdad de género ¿Por dónde anda América Latina?.Santiago de Chile, CEPAL.
– ZIBECCHI, C. (2008). “Programas de transferencia de ingresos. ¿Más condicionalidades y menos derechos para madres pobres? Un análisis en base a tres experiencias en América Latina”. Revista Aportes Andinos Nº 21.
[1] Por citar algunos, en cuanto al respeto del “contenido mínimo” del derecho a la alimentación, se ha señalado que las prestaciones alimentarias directas del PNSA no han sido adecuadas ya que no han brindado los alimentos necesarios en las cantidades necesarias, y la accesibilidad material también ha sido observada en tanto los montos de las tarjetas para compras de alimentos han sido insuficientes para satisfacer las necesidades alimentarias conforme los precios de la canasta básica de alimentos, que quedaron por encima de la prestación. Por otra parte el PNSA vulnera los principios de universalidad (dentro del propio universo seleccionado por la ley 25.724) y de igualdad, al provocar desigualdades arbitrarias entre distintas personas que se encuentran en igual situación: en lo concreto, el plan ha sido limitado a un sector de la población desde su misma ley de creación, pero luego dentro del criterio de focalización propuesto por el plan, no ha existido cobertura universal. Ya sea por falta de firma de convenios entre el Estado Nacional y las diferentes jurisdicciones, o por falta de adecuados diagnósticos e identificación de potenciales destinatarios de la política, o por irregularidades, existieron personas que no pudieron acceder al PNSA, reuniendo los requisitos.
[2] Por ejemplo, en el caso de análisis de los programas alimentarios Ciudadanía Porteña y Ticket Social implementados en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, si bien se ha afirmado que Ciudadanía Porteña (CP) fue un programa innovador y de ampliación de derechos al momento de su creación (noviembre de 2005), ampliando los niveles de cobertura y de impacto dentro de la población más vulnerable de la Ciudad, con el correr de los años y con las nuevas gestiones de gobierno no se profundizó en la implementación de CP, sino que se creó el programa Ticket Social, teniendo como objetivo la misma población vulnerable y con requisitos de acceso similares, pero que da derecho a una prestación de un monto notablemente reducido y mucho menor al de CP y sin relación alguna con los requerimientos mínimos de la Canasta Alimentaria. Por lo dicho, la respuesta al derecho a la alimentación que las políticas del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires han dado representa una transformación regresiva en relación con el piso mínimo logrado en años anteriores.